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Fundación Myrna Mack

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A la opinion pública nacional e internacional

Manifiesta

1- Su profunda preocupación por el curso que ha tomado la discusión de la agenda legislativa en materia de seguridad y justicia, particularmente por la desviación que significa plantear como prioridades temas de naturaleza regresiva, restrictiva y autoritaria, en vez de privilegiar la discusión de aspectos de fondo, que se traduzcan en un fortalecimiento genuino y sostenible de los sistemas de seguridad y justicia en Guatemala.

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Movimiento Projusticia

Reflexiones sobre tema de Reconocida Honorabilidad Corte de Constitucionalidad

La reconocida honorabilidad. No hay un concepto y una definición adoptada formalmente y que sea de común aplicación a todas las comisiones de postulación. Tampoco existen mecanismos para discutir o pronunciarse sobre si los aspirantes tienen o no reconocida honorabilidad. Esto hace indispensable que las comisiones subsanen la ausencia de mecanismos, procedimientos, conceptos y definiciones.

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La Corte Suprema de Justicia, en riesgo de quedar acéfala

Con suma preocupación, la Fundación Myrna Mack observó cómo los 13 Magistrados que integran la Corte Suprema de Justicia fueron incapaces de elegir, en la sesión celebrada el 6 de octubre de este año, a quien debe fungir como Presidente del Organismo Judicial para el período 2010-2011.

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Argumentos jurídicos sobre la Resolución emitida por la Corte de Constitucionalidad de fecha 25 de agosto de 2010 Caso Efraín Bámaca Velásquez

El oficial del Ejercito Julio Roberto Alpirez, sindicado del caso Bámaca Velásquez impugnó por medio de una acción constitucional de amparo, la resolución de la Corte Suprema de Justicia de fecha once de diciembre del dos mil nueve, en donde se da la orden de auto ejecutividad de la sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde obliga al Estado de Guatemala a iniciar una nueva investigación para identificar y sancionar a los responsables, así como hacerlo del conocimiento público y la Corte de Constitucionalidad por sentencia del veinticinco de agosto del año dos mil diez mediante la cual otorga el amparo, resolvió devolver los autos a la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia para que fundamente el auto por medio del cual ordena reabrir la investigación del caso, y que amplié los argumentos debidamente fundamentados. Sin embargo la Cámara Penal de la Corte Suprema de Justicia emitió con fecha veintiuno de septiembre del año dos mil diez, auto anulando la resolución de fecha once de diciembre del dos mil nueve, incumpliendo lo resuelto por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, obviando la obligación asumida por el Estado de Guatemala al ratificar la Convención Americana de Derechos Humanos.

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Análisis Constitucional del Contenido de la Iniciativa de Ley Que Tiene Como Objeto La Implementación de Jueces, Agentes Fiscales y Testigos Sin Rostro

Tomando en consideración los resultados de la experiencia colombiana y peruana en la implementación de la denominada "Justicia sin Rostro", la FMM solicita a la Comisión Extraordinaria de Reforma al Sector Justicia del Congreso de la República que antes de emitir dictamen de la iniciativa 4034, evalúen los fallos emanados de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre la implementación del sistema de "justicia sin rostro". Así como las sentencias emanadas de los órganos constitucionales de Colombia y Perú sobre este tema.

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Las víctimas y la justicia transicional: ¿Están cumpliendo los Estados latinoamericanos con los estándares internacionales?

La Fundación Myrna Mack participó como investigadora en el proyecto regional organizado por la Fundación para el Debido Proceso Legal (DPLF, por sus siglas en inglés), analizando la participación de las víctimas en los procesos penales por violaciones a los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado, en Guatemala. El estudio parte de la base que los procesos de justicia transicional buscan, en general, lograr cambios estructurales en aspectos relacionados con la justicia, la verdad, la reparación y la memoria, para dejar atrás los diseños institucionales, las normas y las prácticas –tanto políticas como judiciales– que contribuyeron a generar el conflicto armado o el gobierno autoritario
–o ambos– y transitar hacia la democracia.
 
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